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ÚLTIMA INFORMACIÓN RELACIONADA CON EL USO DE ZONAS COMUNITARIAS Y DESPLAZAMIENTO DE MENORES DE 14 AÑOS
Sábado 25 de Abril de 2020
Ya disponemos de la publicación de la Orden Ministerial sobre desplazamientos de los menores de 14 años, y las indicaciones del Colegio de
Administradores de Fincas en base a la interpretación del mismo, en lo que respecta al uso de zonas comunes en las Comunidades de Propietarios. Estas indicaciones son la que se deben hacer cumplir en
las comunidades de propietarios:
- La autorización comprende una hora de paseo entre las 9 de la mañana y las 9 de la noche de un adulto con un máximo de 3 niños menores de 14 años y hasta de 1 km del domicilio del menor.
- Únicamente se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público. Por lo tanto, sigue manteniéndose la prohibición del uso de las zonas
comunes de los edificios toda vez que dichas zonas tienen la consideración de espacios
privativos.
- En consecuencia, los niños no podrán jugar ni permanecer en estos espacios, ni deambular por los mismos, si no es con el objetivo anteriormente expresado de acceso a la vía pública.
- Como consecuencia de lo anterior, no está permitido que las comunidades de propietarios adopten acuerdos contrarios a lo establecido en la Orden Ministerial.
DOCUMENTOS E INFORMACIÓN RELACIONADA PARA DESCARGAR:
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